Autoescuelas, competencia y liberalización del gremio


Tras pagar casi dos mil euros por el carnet de conducir de mi hijo, lo que me parece un exceso, y más tal como están los tiempos, he indagado un poco sobre el gremio, y digo gremio que no sector, visto el corporatismo con el que actúan, la fuerza de las asociaciones empresariales y la posible connivencia de autoridades de Tráfico con ellos…

Puede resultar fuerte lo que digo, pero a las pruebas me remito. Y lo mismo digo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, CNMC, que al parecer es incapaz de acabar con estas prácticas, e incluso de hacer un informe general sobre el sector, proponiendo soluciones a esta situación de monopolio de la enseñanza de conducción por las “escuelas particulares de conductores”, que tal es su denominación oficial, aunque todos las llamemos autoescuelas, por cierto, no se si juntas las dos palabras, o separadas. (Consultada la vigésimo tercera edición del Diccionario, admite la denominación Autoescuela, con una única acepción: “Centro para enseñar a conducir automóviles”).

Pues bien, a lo que íbamos. He revisado una parte de la normativa existente sobre el particular, y los trabajos de la CNMC sobre el sector, que son más bien escasos, y he llegado a las siguientes conclusiones:

1ª. Es falso que el sector se haya liberalizado. Tráfico opina que si en la exposición de motivos del Real Decreto 369/2010, pues dice que se puede abrir una autoescuela con un solo profesor, pero hace falta también un Director, con lo cual, salvo que el profesor ostente también la titulación de Director, hace falta dos profesionales, el Director y el Profesor. Y yo me pregunto: ¿para que hace falta un director cuándo el profesor es un autónomo, que simplemente aspira a ganarse la vida honradamente, con su trabajo? Yo soy abogado, y desde luego no necesito un abogado director. Es más, puede tener el despacho en mi propia casa, como sucede en mi caso, por ejemplo, mientras que para montar una autoescuela necesitas: “Los elementos personales mínimos (que) son el titular, el director y el personal docente. Los elementos materiales mínimos están constituidos por los locales, los terrenos o zonas de prácticas, los vehículos y el material didáctico” (art. 3, 2 del RD citado).

En otras palabras, la abogacía está totalmente liberalizada, es más, me atrevería a decir que es la profesión más liberal que existe en España, mientras que el gremio de las autoescuelas está totalmente intervenido por el Gobierno, lo que únicamente sirve para que se encarezcan los precios, al exigirles numerosos –y en mi opinión excesivos- requisitos, impidiendo la aparición de competencia.

¿Y cuáles son esos medios materiales mínimos? Pues:

  • “Un titular (es decir, el dueño, persona física o jurídica).
  • Un director, debidamente titulado.
  • Un profesor, también titulado” (art. 11).
  • Locales: “Toda Escuela, Sección o Sucursal deberá contar con un local en el que pueda desarrollar sus actividades y que cumpla con los requisitos exigidos por la normativa vigente” (art. 13).
  • Terrenos: “Toda Escuela…deberá acreditar la facultad de utilizar un terreno que permita realizar las prácticas de maniobras o destreza en circuito cerrado, con carácter exclusivo o de forma compartida” (art. 14).
  • Vehículos: “Toda Escuela deberá disponer, en propiedad, o por otro título, de al menos un vehículo de la categoría adecuada a cada clase de permiso o licencia de conducción para cuya enseñanza esté autorizada” (art. 15).

Es decir, que de liberalización nada, pues hace falta un dineral para comprar vehículos, un montón de vehículos, comprar o arrendar un terreno, debidamente señalizado y preparado, un local para oficinas, etc. Vamos que montar una autoescuela es más complicado que abrir una consulta médica, un despacho de abogados, una notaría o incluso un registro de la propiedad.

¿Qué se persigue con esto? Pues evitar la competencia. Hacer que la enseñanza recaiga en muy pocas manos, y que esas pocas personas, debidamente agrupadas en las asociaciones empresariales correspondientes, fijen los precios que les de la gana…

¿Creen ustedes que exagero? Pues para muestra, un botón. Veamos que dice la Resolución dictada en el Expte. 462/99, Autoescuelas Tenerife,, del Pleno del Tribunal de Defensa de la Competencia:

“Declarar que en el presente expediente ha quedado acreditada la realización de una práctica restrictiva de la competencia, prohibida por el artículo 1 de la Ley 16/1989, de Defensa de la Competencia, consistente en la recomendación colectiva de unos precios mínimos en las tarifas que cobran las autoescuelas de la provincia de Santa Cruz de Tenerife para la obtención del permiso de conducción tipo B-1.

Se considera autora de dicha práctica a la Asociación de Autoescuelas de Santa Cruz de Tenerife”.

2ª. La realidad es que hay una “costumbre” de pactar precios los empresarios del gremio, con lo cual realmente no hay competencia. Acabo de hacer la prueba. Tras visitar tres autoescuelas próximas a mi despacho, y decirles que quería que mi hijo se sacase el carnet, los precios que me han pedido por la matrícula, examen teórico, examen práctico, horas de clases prácticas tras suspender el primer examen, precio de la renovación de expediente en Tráfico (a partir del segundo examen), etc., son prácticamente idénticos. Vamos, son iguales, para que nos vamos a engañar. ¿Es que la CNMC no vigila estas prácticas colusorias, que lo único que hacen es fijar unilateralmente los precios, impidiendo que haya un mercado libre, con auténtica competencia…?

Publicado en Sierra Norte Digital (03/12/2014)

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