El CGPJ o la nada


Dos de los grandes aciertos del señor Gallardón han sido, en mi opinión, triturar el Consejo General del Poder Judicial, y acabar con la justicia interina. Ya ha cuasi eliminado a los jueces sustitutos y magistrados suplentes; ahora solo falta acabar con los fiscales y secretarios judiciales sustitutos. La Administración de Justicia es algo muy serio como para dejarlo en manos de aficionados…

Respecto al CGPJ, llamado en una ocasión en el BOE el consejo general del joder judicial –y no andaba descaminado el autor de la errata-, poco se puede decir que no se haya dicho ya. No sirve más que para dar acomodo a veinte “comisarios políticos” de los partidos mayoritarios en el supuesto órgano de gobierno de la justicia española. Y a decenas de Letrados, normalmente jueces huidos de destinos judiciales, pues hay personas que aunque tienen vocación de jueces, presuntamente, luego prefieren estar diez años tramitando papeles meramente administrativos en el Consejo, sin ejercer su profesión. Pero con la ventaja de vivir en Madrid, si es que a vivir en Madrid se le puede considerar un privilegio.

Pues bien, a lo que íbamos. El Consejo no sirve para nada, y a las pruebas me remito. Por caridad cristiana no voy a citar el Juzgado en concreto, pero si decir que tras la presentación de una querella en un Juzgado de una pequeña localidad, la juez correspondiente cogió el expediente, lo metió en su despacho y no hizo nada… Fueron pasando los meses, de marzo a octubre de 2013, nada menos, más o menos como un embarazo, y la querella seguía sin admitirse ni rechazarse. La gravedad de los hechos me obligó a informar de la inactividad judicial al Consejo (información previa 662/13), y éste es el dictamen del Poder Judicial:

“La situación del Juzgado, a fecha de la visita de inspección…, era la que se consignó en el acta, donde se indicaba que: La situación global del Juzgado, atendiendo a todas las variables que en el mismo concurren, se ha de calificar como deficiente, provocado, en gran medida, por la movilidad funcionarial, escaso rendimiento y la deficiente formación de varios de sus componentes.

La plantilla está integrada en su mayoría por funcionarios interinos. Su cualificación y experiencia, aunque variable entre sus distintos componentes, en general se puede calificar de deficiente. Existe importante movilidad, lo que unido a la escasa formación y rendimiento de algunos de sus componentes, hace que la situación de esta área deba ser calificada como insatisfactoria. Actualmente, la plantilla resulta insuficiente para absorber la carga de trabajo, y se ha efectuado propuesta para su subsanación en el acta del partido…

Consecuentemente, podría afirmarse que la conducta analizada no es merecedora a priori, de reproche disciplinario, en sí misma considerada”.

Y se quedan tan panchos. Para el CGPJ la Juez no tiene la culpa del mal funcionamiento del Juzgado, de que los funcionarios rindan poco o de que los interinos carezcan de preparación. Tampoco ordena deducir testimonio de lo actuado y remitirlo al Ministerio de Justicia, para la posible sanción de la Secretaria, que es la jefa directa del personal, y quien tendría que preocuparse de que trabajasen  debidamente. Ni, por supuesto, da traslado de las actuaciones a la Comunidad Autónoma correspondiente, proponiendo la sanción y/o el cese de los interinos incompetentes o vagos…, o funcionarios de carrera, que aquí siempre echamos la culpa de todo a los que no tienen estabilidad en el empleo.

Simplemente archivan la información previa y me dicen que puedo impugnarlo, en el supuesto de que acredite interés legítimo, ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo…, para lo cual tendremos que pagar previamente 1.200 euros, en concepto de “gallardonazo”, digo de tasa judicial.

Como ustedes comprenderán, y a estas alturas de la película, mis clientes y yo pasamos de impugnar nada, visto como funciona la administración de justicia en España, no vaya a ser que encima nos acaben imponiendo las costas del pleito correspondiente…

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